miércoles, 8 de mayo de 2013

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS







¿Para qué sirve el certificado de calificación energética?
El nuevo decreto que obliga a la certificación energética de los edificios existentes (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril), va a crear según mi punto de vista, si no lo está haciendo ya, una nueva polémica contra el gobierno. Muchos pensarán que se trata de un nuevo requisito innecesario, que naturalmente conlleva un gasto, y que no aporta valor a los edificios existentes.
En primer lugar habría que decir que tal decreto no debería ser nuevo, puesto que hace ya años que una directiva europea obligaba a la implantación del mismo (Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo); de hecho España ha sido denunciada por la Comisión Europea por incumplimiento de dicha directiva.
Resumiendo, el objetivo del RD 235/2013, consiste básicamente en asignar a cada edificio o unidad independiente del mismo (cada piso para entendernos), una etiqueta energética similar a las que ya vemos en los electrodomésticos. Conceptualmente, esta etiqueta, que clasifica los pisos o edificios en función de su eficiencia energética, con una letra de la A a la G, no se diferencia mucho de las de los electrodomésticos. Seguramente, cuando compramos una nevera o una lavadora, tendremos en cuenta la etiqueta energética a la hora de tomar una decisión, dentro de un margen de precios asumibles. Debido al tiempo transcurrido desde su aplicación incial, todos los fabricantes han mejorado la eficiencia de sus aparatos, convirtiendo el etiquetado en un argumento de venta. Es lo que debería ocurrir con el etiquetado de los edificios, una vez consoliada la aplicación del RD; de hecho, los edificios cada vez son más eficientes porque incorporan los nuevos materiales y técnicas que mejoran sus prestaciones energéticas.
Sin embargo, a la hora de mejorar la eficiencia energética de los edificios, nos encontramos con un serio inconveniente: si bien los electrodomésticos tienen una vida muy corta y sus diseños se han mejorado en poco tiempo, los edificios existentes tienen un periodo de vida mucho más largo, y si queremos mejorar su rendimiento, deberemos actuar sobre el propio edificio o elemento existente, lo que inevitablemente sí puede representar un coste considerable.


¿Cómo se certifica energéticamente un edificio?
La certificación energética de los edificios deben realizarla "técnicos certificadores con titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o sus instalaciones térmicas". Es decir, hasta ahora, arquitectos o ingenieros de la construcción, quienes a partir de la visita al inmueble y la toma de datos, emitirán el correspondiente certificado. Su coste, dado que no existen ya los mínimos colegiales, es libre y se pactará con cada profesional. Probablemente, en función del tamaño y la dificultad del edificio o parte a certificar, el coste del certificado estará en un margen de 200 a 900 €, para viviendas en un edificio.

El ministerio de Industria, Energía y Turismo proporciona unas sencillas herramientas informáticas para la certificación de forma simplificada, con las cuales podemos cumplir el requisito de la certificación y a la vez obtener recomendaciones para mejorar la calificación energética. Aunque existen en el mercado programas informáticos mucho más sofisticados, los que proporciona el Ministerio son suficientes para su cometido de certificación, pero en nuestra opinión no aportan prácticamente nada en el capítulo de las recomendaciones.
Si realmente queremos mejorar la eficiencia energética de nuestro piso o casa, deberemos acudir a un profesional que además de manejar esas herramientas informáticas, sea capaz de interpretar los resultados y proponer medidas correctoras adecuadas, valorando su coste y su aportación real a la mejora de la calificación obtenida.

Las herramientas informáticas del ministerio, ofrecen muy pocas posibilidades en cuanto a la mejora real de la eficiencia energética, ya que sólo permiten señalar algunas actuaciones (añadir aislamiento a las paredes, sustituir las ventanas por otras más eficientes, o renovar la caldera de producción de agua caliente o calefacción, etc.), sin poder desarrollarlas técnicamente ni valorarlas, lo cual se deberá hacer en un informe o proyecto paralelo si relamente queremos implenetar dichas medidas de corrección.

A modo de ejemplo, la simple sustitución de unas viejas ventanas con vidrio sencillo por otras de mejores prestaciones con doble vidrio, pueden mejorar la calificación energética de una vivienda en dos letras; ese sería el resultado del certificado. Sin embargo, si nos decidimos a realizar la obra propuesta, deberemos acudir a un profesional para que localice el producto adecuado, valore sus prestaciones reales estudiando los valores proporcionados por el fabricante, calcule su coste y compruebe su correcta ejecución.


¿Por qué debería contratar a un arquitecto?
Resumiendo, podríamos decir que el simple cumplimiento del decreto representará un coste para el propietario, que no verá compensado si no realiza las correcciones que se le propongan en la certificación energética; además una calificación energética baja, pesará negativamente en la decisión del comprador. Sin embargo, el coste superior de un estudio más detallado y la implantación de las recomendaciones sí pueden verse compensadas por el ahorro futuro en la factura de electricidad y/o gas, así como por la mejora de la calificación, que puede influir en la decisión de compra, por lo que recomendamos la realización de dicho estudio más exhaustivo, que incluya también la certificación energética.




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