¿Para qué sirve
el certificado de calificación energética?
El nuevo decreto
que obliga a la certificación energética de los edificios
existentes (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril), va a crear según
mi punto de vista, si no lo está haciendo ya, una nueva polémica
contra el gobierno. Muchos pensarán que se trata de un nuevo
requisito innecesario, que naturalmente conlleva un gasto, y que no
aporta valor a los edificios existentes.
En primer lugar
habría que decir que tal decreto no debería ser nuevo, puesto que
hace ya años que una directiva europea obligaba a la implantación
del mismo (Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo); de hecho España ha sido denunciada por la Comisión
Europea por incumplimiento de dicha directiva.
Resumiendo, el
objetivo del RD 235/2013, consiste básicamente en asignar a cada
edificio o unidad independiente del mismo (cada piso para
entendernos), una etiqueta energética similar a las que ya vemos en
los electrodomésticos. Conceptualmente, esta etiqueta, que clasifica
los pisos o edificios en función de su eficiencia energética, con
una letra de la A a la G, no se diferencia mucho de las de los
electrodomésticos. Seguramente, cuando compramos una nevera o una
lavadora, tendremos en cuenta la etiqueta energética a la hora de
tomar una decisión, dentro de un margen de precios asumibles. Debido
al tiempo transcurrido desde su aplicación incial, todos los
fabricantes han mejorado la eficiencia de sus aparatos, convirtiendo
el etiquetado en un argumento de venta. Es lo que debería ocurrir
con el etiquetado de los edificios, una vez consoliada la aplicación
del RD; de hecho, los edificios cada vez son más eficientes porque
incorporan los nuevos materiales y técnicas que mejoran sus
prestaciones energéticas.
Sin embargo, a la
hora de mejorar la eficiencia energética de los edificios, nos
encontramos con un serio inconveniente: si bien los electrodomésticos
tienen una vida muy corta y sus diseños se han mejorado en poco
tiempo, los edificios existentes tienen un periodo de vida mucho más
largo, y si queremos mejorar su rendimiento, deberemos actuar sobre
el propio edificio o elemento existente, lo que inevitablemente sí
puede representar un coste considerable.
¿Cómo se
certifica energéticamente un edificio?
La certificación
energética de los edificios deben realizarla "técnicos
certificadores con titulación académica y profesional habilitante
para la realización de proyectos de edificación o sus instalaciones
térmicas". Es decir, hasta ahora, arquitectos o ingenieros de
la construcción, quienes a partir de la visita al inmueble y la toma
de datos, emitirán el correspondiente certificado. Su coste, dado
que no existen ya los mínimos colegiales, es libre y se pactará con
cada profesional. Probablemente, en función del tamaño y la
dificultad del edificio o parte a certificar, el coste del
certificado estará en un margen de 200 a 900 €, para viviendas en
un edificio.
El ministerio de
Industria, Energía y Turismo proporciona unas sencillas herramientas
informáticas para la certificación de forma simplificada, con las
cuales podemos cumplir el requisito de la certificación y a la vez
obtener recomendaciones para mejorar la calificación energética.
Aunque existen en el mercado programas informáticos mucho más
sofisticados, los que proporciona el Ministerio son suficientes para
su cometido de certificación, pero en nuestra opinión no aportan
prácticamente nada en el capítulo de las recomendaciones.
Si realmente
queremos mejorar la eficiencia energética de nuestro piso o casa,
deberemos acudir a un profesional que además de manejar esas
herramientas informáticas, sea capaz de interpretar los resultados y
proponer medidas correctoras adecuadas, valorando su coste y su
aportación real a la mejora de la calificación obtenida.
Las
herramientas informáticas del ministerio, ofrecen muy pocas
posibilidades en cuanto a la mejora real de la eficiencia energética,
ya que sólo permiten señalar algunas actuaciones (añadir
aislamiento a las paredes, sustituir las ventanas por otras más
eficientes, o renovar la caldera de producción de agua caliente o
calefacción, etc.), sin poder desarrollarlas técnicamente ni
valorarlas, lo cual se deberá hacer en un informe o proyecto
paralelo si relamente queremos implenetar dichas medidas de
corrección.
A
modo de ejemplo, la simple sustitución de unas viejas ventanas con
vidrio sencillo por otras de mejores prestaciones con doble vidrio,
pueden mejorar la calificación energética de una vivienda en dos
letras; ese sería el resultado del certificado. Sin embargo, si nos
decidimos a realizar la obra propuesta, deberemos acudir a un
profesional para que localice el producto adecuado, valore sus
prestaciones reales estudiando los valores proporcionados por el
fabricante, calcule su coste y compruebe su correcta ejecución.
¿Por
qué debería contratar a un arquitecto?
Resumiendo,
podríamos decir que el simple cumplimiento del decreto representará
un coste para el propietario, que no verá compensado si no realiza
las correcciones que se le propongan en la certificación energética;
además una calificación energética baja, pesará negativamente en
la decisión del comprador. Sin embargo, el coste superior de un
estudio más detallado y la implantación de las recomendaciones sí
pueden verse compensadas por el ahorro futuro en la factura de
electricidad y/o gas, así como por la mejora de la calificación,
que puede influir en la decisión de compra, por lo que recomendamos
la realización de dicho estudio más exhaustivo, que incluya también
la certificación energética.
